2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Junta de Calidad Ambiental
§ 8002e. Consultas y uso de facilidades

(1) Consultar con aquellos representantes de la ciencia, industria, agricultura, trabajo, organizaciones de conservación, gobiernos municipales y con otros grupos, según considere necesario, y
(2) utilizar hasta el máximo, los servicios, instalaciones e información (incluyendo estadísticas) de agencias y organizaciones públicas, privadas y de personas, de manera de evitar la duplicación de esfuerzos y de gastos, así asegurándose que las actividades del Departamento no habrán de repetirse o que no estarán en conflicto con actividades similares autorizadas por ley y llevadas a cabo por agencias establecidas.