Se autoriza al Secretario de Transportación y Obras Públicas a destinar, cualesquiera terrenos (libres) o edificios disponibles, o a adquirir por compra, arrendamiento o en otra forma, terrenos (libres) o terrenos y edificios, o edificios, y erigir, reparar o remodelar edificios para ser usados a los fines de establecer, mantener y operar centros de tratamiento rápido y establecimientos de rehabilitación; Disponiéndose, que actuará [en] virtud de la aprobación previa del Secretario de Salud.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte II - Control De Enfermedades
Capítulo 34 - Enfermedades de Transmisión Sexual
§ 573. Laboratorios—Partes semanales
§ 574. Información confidencial sobre diagnósticos
§ 575-1. Exámenes de convictos
§ 575b. Médicos, profesionales o representantes de la salud—Inadmisibilidad en evidencia
§ 577. Examen o tratamiento de menores o incapacitados; relevo de responsabilidad civil
§ 579. Clínicas; establecimiento
§ 580. Centros de tratamiento rápido; uso de terrenos y edificios