(1) La propiedad municipal que estará bajo la jurisdicción de la Comisión del Puerto, y autorizará y ordenará el otorgamiento de dicha propiedad a la Comisión del Puerto;
(2) la propiedad del Estado Libre Asociado de Puerto Rico que estará bajo la jurisdicción de la Comisión del Puerto y determinará los términos y condiciones apropiados para dicha adquisición;
(3) la necesidad de, y el consentimiento del municipio a la cancelación de cualquier franquicia previamente otorgada al municipio por la operación de las facilidades portuarias.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 31 - Comisión del Puerto de Ponce
§ 526. Depósito de fondos; cuentas
§ 528. Traspaso de bienes municipales; derechos en cuanto a calles, vías y terrenos
§ 531. Bonos—Falta de pago; síndico
§ 532. Acciones de los bonistas
§ 533. Estado financiero; informes