(a) Castañer.— Sector que incluye el poblado de Castañer, los barrios Río Prieto, M[i]rasol y Bartolo del Municipio de Lares, [l]os barrios Guayabo Dulce, Guayo y Liman[í] del municipio de Adjuntas, el barrio Río Prieto con sus sectores Arbela, Cerrote y Grillasca del municipio de Yauco y el Sector el Treinta del municipio de Maricao.
(b) Junta.— La Junta de Planificación de Puerto Rico.
(c) Mejora.— Toda inversión igual o mayor a veinticinco mil dólares ($25,000) que se haga para mejorar las condiciones físicas de una propiedad elegible. La certificación a estos efectos la expedirá la Administración de Reglamentos y Permisos.
(d) Negocios sucesores.— Cualquier actividad económica sustancialmente similar a una actividad económica que se elimina, en el cual el dueño o propietario de la nueva actividad poseía el veinticinco por ciento (25%) o más de las acciones o interés en la actividad suprimida.
(e) Propiedad elegible.— Toda propiedad inmueble en Castañer dedicada al uso comercial, industrial, agrícola o de servicios, o a uso residencial conjuntamente con cualesquiera de los otros usos mencionados anteriormente, y que cumpla con los requisitos de la Zona Especial de Planificación a la cual corresponda.
(f) Rehabilitación sustancial.— Toda obra de reconstrucción que sea igual o mayor al treinta por ciento (30%) del valor de mercado de la propiedad elegible, excluyendo el valor del terreno donde esté ubicada la misma. La certificación a estos efectos la expedirá la Administración de Reglamentos y Permisos.
(g) Zona Especial de Planificación.— Área delimitada por la Junta de Planificación con el fin de promover el desarrollo integrado y la rehabilitación del mismo tomando en cuenta factores que fomenten la retención y atracción de población, que provean vitalidad económica y propicien el uso más adecuado de los terrenos, así como la creación de un ambiente rural funcional y estéticamente agradable.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 123 - Desarrollo del Programa de Incentivos del Sector Castañer
§ 5202. Establecimiento de una Zona Especial de Planificación
§ 5203. Creación de un grupo consultivo y asignación de fondos
§ 5206. Autorización para garantías de préstamos
§ 5207. Requisitos adicionales para acogerse a los beneficios de este capítulo
§ 5208. Deducción por salarios
§ 5210. Exención por ingreso proveniente de determinadas actividades
§ 5211. Otros incentivos contributivos
§ 5212. Grupo de Trabajo Interagencial Especial para Castañer
§ 5216. Tiempo de reclamación de los incentivos, deducciones y otros beneficios