Se ordena al Municipio Autónomo de San Juan brindar apoyo y cooperación a la Compañía, incluyendo el destaque de personal y la transferencia de recursos y propiedades. En cuanto a los bienes patrimoniales del Municipio Autónomo de San Juan sitos dentro de los límites territoriales de la Península de Cantera, según establecidos por la sec. 5001 de este título, y que se encuentren baldíos o no se encuentren siendo utilizados para propósito alguno o utilidad específica al momento de aprobarse la presente ley, y se le ordena transferir los mismos mediante escritura pública, a favor de la Compañía para el Desarrollo Integral de la Península de Cantera.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 121 - Compañía para el Desarrollo Integral de la Península de Cantera
§ 5003. Compañía—Creación y vida limitada
§ 5006. Compañía—Junta de Directores
§ 5008. Incentivos contributivos
§ 5010. Municipio Autónomo de San Juan
§ 5015. Sistema de contabilidad
§ 5021. E.L.A.; exención de responsabilidad