(a) Colaborar con el Centro Comprensivo de Cáncer de la Universidad de Puerto Rico en el desarrollo de una agenda de investigación encaminada a avanzar las metas y objetivos del Plan Comprensivo de Control de Cáncer de Puerto Rico.
(b) Desarrollar propuestas de incentivos económicos, junto al Departamento de Hacienda, para mantener y atraer nuevos profesionales de salud en el área de cáncer a ofrecer servicios médicos y a desarrollar investigaciones en estudios poblacionales, ciencias básicas y ensayos clínicos en Puerto Rico. Esto incluye a oncólogos, enfermeras oncólogas, epidemiólogos, investigadores, educadores en salud y cualesquiera otro profesional de salud necesario para lograr los objetivos de esta sección.
(c) Promover la investigación, usando los datos de la Reforma de Salud y del Registro Central de Cáncer.
(d) Facilitar la recolección e intercambio de la información obtenida entre centros, entidades y organizaciones afines para lograr maximizar los objetivos de este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Parte II - Control De Enfermedades
§ 419. Declaración de política pública—Prevención de factores de riesgo
§ 420. Declaración de política pública—Cernimiento y detección temprana
§ 421. Declaración de política pública—Diagnóstico y tratamiento
§ 422. Declaración de política pública—Rehabilitación, sobrevivencia y cuidado paliativo
§ 423. Declaración de política pública—Datos y vigilancia epidemiológica
§ 424. Declaración de política pública—Investigación y entrenamiento
§ 425. Interpretación de esta política pública
§ 426. Informe anual al Gobernador y a la Asamblea Legislativa