2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Titularidad y Registración
§ 3514. Traspaso—Casos en que se rehusará inscribir

(a) Cuando la inscripción resultare en la violación de este capítulo o cualquier otra ley o reglamento aplicable.
(b) Cuando la información suministrada en el documento o documentos de traspaso fuere falsa o insuficiente.
(c) Cuando no se cumplieren los requisitos para el traspaso que se establecen en este capítulo.
(d) Cuando no se hubieren pagado los derechos de inscripción del traspaso o la unidad estuviese gravada con cualquier tipo de gravamen.