Toda persona se dedique a la venta de unidades de equipo pesado, de construcción o agrícola al detal y venda como parte de una empresa, comercio, dealer o negocio, unidades de equipo pesado, de construcción o agrícola con ánimo de lucro, vendrá obligado a solicitar, tramitar y obtener la registración y el certificado de título de cada unidad que venda, previa o simultáneamente a la consumación de la compraventa. Toda solicitud al efecto deberá hacerse en el formulario que para ese fin autorice el Secretario.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 9 - Carreteras y Tránsito
Subcapítulo III - Titularidad y Registración
§ 3506. Certificados de título—Registros e índices
§ 3508. Inscripción por concesionarios y distribuidores
§ 3509. Solicitudes de inscripción, expedición de certificación; cambio de dirección
§ 3510. Facultad del Secretario para reglamentar
§ 3511. Certificado de título y placa de número