2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 109 - Junta Examinadora de Planificadores
§ 3511. Licencias—Reciprocidad, duplicado o licencia extraviada

Toda persona a la que se le haya extraviado su licencia y desee que la Junta se la renueve, deberá pagar cincuenta dólares ($50). Si le interesa se le conceda una licencia de reciprocidad o duplicado deberá pagar la cantidad de setenta y cinco dólares ($75). La Junta establecerá la reglamentación necesaria a tales efectos.