2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 148 - Ley de Congelación de Informe de Crédito por Motivos de Seguridad
§ 3134. Confirmación escrita; número de identificación

La agencia de informes de crédito deberá enviar una confirmación escrita al consumidor notificando que se ha establecido la congelación por seguridad dentro de un periodo de diez (10) días laborables desde la fecha en que se estableció la misma. Una vez entre en vigor la congelación por seguridad al informe de consumidor, la agencia de informes de crédito le proveerá al consumidor un número de identificación personal único o una clave que será utilizada por el consumidor al momento de autorizar la remoción de la congelación por seguridad de su informe de consumidor por un término específico de tiempo.