2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 24 - Administración de Terrenos
§ 311a. Definiciones

(a) Administración.— Significa la Administración de Terrenos de Puerto Rico.
(b) Junta.— Significa la Junta de Gobierno de la Administración.
(c) Bonos.— Significa bonos, pagarés u otras obligaciones o comprobantes de deudas.
(d) Agencia.— Significa rama, departamento, negociado, comisión, junta, oficina, dependencia, instrumentalidad, corporación pública, subdivisión política o cualquier otro organismo gubernamental.
(e) Estados Unidos.— Incluye el gobierno federal y sus agencias, territorios, posesiones y subdivisiones políticas y los estados de la Unión y las agencias de éstos.