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    • 2020 Laws of Puerto Rico
    • Título 3 - Poder Ejecutivo
    • Capítulo 14 - Departamento de Justicia
    • Subcapítulo IV - Fiscales y Procuradores
    • § 295n. Revisión judicial

    2020 Laws of Puerto Rico
    Subcapítulo IV - Fiscales y Procuradores
    § 295n. Revisión judicial

    El Gobernador, el Secretario, el fiscal o procurador afectado puede solicitar la revisión de la decisión de la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal ante el Tribunal de Apelaciones dentro del término de treinta (30) días a partir de la notificación de la decisión.

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    Structure 2020 Laws of Puerto Rico

    2020 Laws of Puerto Rico

    Título 3 - Poder Ejecutivo

    Capítulo 14 - Departamento de Justicia

    Subcapítulo IV - Fiscales y Procuradores

    § 294q. Nombramiento

    § 294t. Juramento y credenciales

    § 294v. Ejercicio de la abogacía y el notariado, prohibido

    § 294x. Deberes y funciones generales

    § 294z. Fiscales Auxiliares IV—Deberes y funciones especiales

    § 295. Fiscal de Distrito—Deberes y funciones especiales

    § 295a. Procurador de Asuntos de Familia—Deberes y funciones especiales

    § 295b. Procurador de Asuntos de Familia—Elegibilidad del solicitante

    § 295c. Procurador de Asuntos de Familia—Acciones sobre maltrato a menores

    § 295d. Procurador de Asuntos de Familia—Facultades

    § 295e. Procuradores de Asuntos de Menores—Facultades y funciones especiales

    § 295h. Licencia de vacaciones y enfermedad

    § 295i. Pago global de licencia

    § 295j. Causas de amonestación, separación, suspensión y destitución

    § 295k. Prohibición—Actividades políticas

    § 295m. Apelación

    § 295n. Revisión judicial

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