(a) Tramitar los asuntos que le sean encomendados con responsabilidad, sensibilidad y diligencia, con dominio teórico y práctico del Derecho y de los elementos de la investigación criminal, así como rendir los informes que le sean requeridos para cumplir los propósitos de las secs. 291 a 295u de este título y de otras leyes aplicables.
(b) Planificar y organizar los asuntos que le sean encomendados y establecer las prioridades de conformidad con las normas de política pública y administrativa del Departamento, a fin de lograr una justicia rápida sin lesionar los derechos de los intervenidos.
(c) Observar en el ejercicio de su conducta profesional las normas éticas, de política pública y administrativas aplicables, absteniéndose en todo momento de llevar a cabo actividades privadas que puedan afectar el cumplimiento de sus deberes y la imagen de prestigio de su ministerio.
(d) Desempeñar su ministerio con integridad y capacidad y emitir un juicio informado en todas las situaciones manteniendo siempre un compromiso con la verdad y la justicia.
(e) Mantener la confidencialidad de los asuntos que atiende e investiga a fin de proteger la integridad de los procedimientos y la identidad de las personas sujetas a investigación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 14 - Departamento de Justicia
Subcapítulo IV - Fiscales y Procuradores
§ 294t. Juramento y credenciales
§ 294v. Ejercicio de la abogacía y el notariado, prohibido
§ 294x. Deberes y funciones generales
§ 294z. Fiscales Auxiliares IV—Deberes y funciones especiales
§ 295. Fiscal de Distrito—Deberes y funciones especiales
§ 295a. Procurador de Asuntos de Familia—Deberes y funciones especiales
§ 295b. Procurador de Asuntos de Familia—Elegibilidad del solicitante
§ 295c. Procurador de Asuntos de Familia—Acciones sobre maltrato a menores
§ 295d. Procurador de Asuntos de Familia—Facultades
§ 295e. Procuradores de Asuntos de Menores—Facultades y funciones especiales
§ 295h. Licencia de vacaciones y enfermedad
§ 295i. Pago global de licencia
§ 295j. Causas de amonestación, separación, suspensión y destitución