2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo IV - Fiscales y Procuradores
§ 295h. Licencia de vacaciones y enfermedad

Los fiscales y procuradores tienen derecho a acumular y disfrutar licencia de vacaciones y de enfermedad de conformidad con las normas aplicables a los empleados del Departamento. El Secretario adoptará mediante reglamento el procedimiento relativo a la concesión, disfrute y liquidación de las licencias de vacaciones y enfermedad establecidas por ley.