(a) Conducta inmoral, impropia o reprensible, incluyendo la utilización del cargo para beneficio propio;
(b) incompetencia o inhabilidad profesional manifiesta en el desempeño de sus funciones y deberes;
(c) incapacidad mental o física que afecte el desempeño de sus funciones cuando hay base razonable para creer que el funcionario está incapacitado o cuando hay una determinación médica o judicial a los efectos;
(d) evidencia de uso ilegal de sustancias controladas;
(e) la convicción de un delito grave o delito menos grave, independientemente de que implique depravación moral o no;
(f) insubordinación o abandono de sus deberes, o
(g) incumplimiento de los deberes y funciones impuestos por ley o administrativamente.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 14 - Departamento de Justicia
Subcapítulo IV - Fiscales y Procuradores
§ 294t. Juramento y credenciales
§ 294v. Ejercicio de la abogacía y el notariado, prohibido
§ 294x. Deberes y funciones generales
§ 294z. Fiscales Auxiliares IV—Deberes y funciones especiales
§ 295. Fiscal de Distrito—Deberes y funciones especiales
§ 295a. Procurador de Asuntos de Familia—Deberes y funciones especiales
§ 295b. Procurador de Asuntos de Familia—Elegibilidad del solicitante
§ 295c. Procurador de Asuntos de Familia—Acciones sobre maltrato a menores
§ 295d. Procurador de Asuntos de Familia—Facultades
§ 295e. Procuradores de Asuntos de Menores—Facultades y funciones especiales
§ 295h. Licencia de vacaciones y enfermedad
§ 295i. Pago global de licencia
§ 295j. Causas de amonestación, separación, suspensión y destitución