Se crea en el Departamento la Oficina de Asuntos Monopolísticos, con la responsabilidad de implantar la política pública establecida en las secs. 257 et seq. del Título 10, que prohíbe las prácticas monopolísticas, y de cumplir con las funciones que le impone la ley. La Oficina funcionará bajo la supervisión general del Secretario, pero su dirección inmediata estará a cargo de un Secretario Auxiliar de Justicia nombrado por el Secretario. El Secretario podrá designar como fiscales especiales al Secretario Auxiliar y a los abogados adscritos a la Oficina. Los funcionarios así designados tendrán las atribuciones y facultades de un fiscal, y podrán actuar como tal ante las Salas del Tribunal de Primera Instancia o en el foro que corresponda, en los casos criminales o civiles que insten en virtud de las disposiciones de las secs. 257 et seq. del Título 10.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 14 - Departamento de Justicia
Subcapítulo III - Sistema de Personal
§ 293b. Designación de abogados para actuar como Fiscal o Procurador Especial
§ 293c. Designación de abogados de otras agencias
§ 293d. Contratación y asignación de abogados
§ 293e. Designación de abogados para agencias y corporaciones públicas
§ 293f. Ejercicio de la abogacía y el notariado, prohibido
§ 293h. Licencia sabática—Establecimiento
§ 293i. Licencia sabática—Solicitud; duración
§ 293j. Licencia sabática—Plan anual; normas de elegibilidad
§ 293l. Licencia sabática—Beneficios
§ 293n. Administración, normas, sistemas y procedimientos
§ 293r. Exención de pago de derechos
§ 293t. Biblioteca Legal—Creación
§ 293x. Oficina del Jefe de los Fiscales—Jefe de los Fiscales; funciones y deberes
§ 293z-1. Oficina de Investigaciones
§ 294a. Oficina de Asuntos del Contralor—Funciones
§ 294f. Secretaría Auxiliar de lo Civil—Creación
§ 294g. Oficina de Litigios Generales—Secretario Auxiliar; funciones
§ 294h. Oficina de Asuntos Monopolísticos—Creación
§ 294i. Oficina de Asuntos Monopolísticos—Facultades y deberes
§ 294j. Oficina del Procurador General—Procurador General; creación del cargo
§ 294l. Oficina del Procurador General—Representación a nivel apelativo
§ 294m. Oficina del Procurador General—Asistencia en causas a nivel de primera instancia
§ 294n. Oficina del Procurador General—Investigaciones y procedimientos ante el Tribunal Supremo