El Secretario de Educación expedirá el certificado correspondiente cuando el candidato reúna los requisitos establecidos en las secs. 260 et seq. de este título y en el reglamento, y dicho certificado será válido para el propósito y por el período para el cual fuere expedido. El certificado se expedirá originalmente por un período de seis (6) años, al expirar el cual se podrá renovar por uno o más períodos de seis (6) años a los candidatos que reúnan los requisitos fijados por ley y por reglamento.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 13 - Requisitos y Destitución de Maestros
§ 214. Maestros permanentes—Requisitos
§ 215. Maestros permanentes—Nombramientos y licencias
§ 216. Maestros permanentes—Renuncias, licencias, traslados y ascensos
§ 218. Maestros probatorios; status continuado
§ 218a. Descanso para maestras embarazadas
§ 253. Intercambio de maestros entre Puerto Rico y países democráticos
§ 254. Secretario los designará
§ 254a. Intercambio de maestros se hará por conducto del Departamento de Estado
§ 255. Intercambio de maestros con los Estados Unidos—Negociaciones; contratos
§ 256. Intercambio de maestros con los Estados Unidos—Asignación de maestros
§ 258. Intercambio de maestros con los Estados Unidos—Estados con segregación racial
§ 259. Intercambio de maestros con los Estados Unidos—Reglamentación
§ 260. Certificados de maestros—Definiciones
§ 261. Certificados de maestros—Reglamento en cuanto a requisitos de los candidatos
§ 262. Certificados de maestros—Certificados ya vigentes
§ 263. Certificados de maestros—Contenido de los certificados
§ 264. Certificados de maestros—Requisitos generales de los candidatos
§ 265. Certificados de maestros—Normas adicionales de preparación académica y profesional
§ 266. Certificados de maestros—Nombramiento sin certificado, prohibido
§ 267. Certificados de maestros—Expedición de certificados
§ 268. Certificados de maestros—Certificados vitalicios de maestros
§ 269. Certificados de maestros—Duplicados prohibidos; certificaciones oficiales
§ 270. Certificados de maestro—provisional de maestro
§ 274. Cancelación o suspensión de certificado de maestro—Causas
§ 274-2. Deberes de maestros o empleados
§ 274b. Acción final y firme; efectos
§ 274e-1. Junta de Apelaciones del Sistema de Educación—Jurisdicción
§ 274e-2. Junta de Apelaciones del Sistema de Educación—Término para apelar
§ 274g. Junta de Apelaciones del Sistema de Educación—Vista; celebración
§ 274h. Junta de Apelaciones del Sistema de Educación—Vista; forma
§ 274i-2. Junta de Apelaciones del Sistema de Educación—Apelación resuelta a favor del apelante
§ 274j. Separación sin destitución
§ 275a. Declaración de política pública
§ 275c. Proceso de reasignaciones y/o traslados
§ 275e. Desarrollo profesional
§ 276a. Declaración de política pública
§ 276c. Proceso para extender la vigencia de los nombramientos a maestros transitorios provisionales