Cuando la Guardia Estatal de Puerto Rico, o parte alguna de la misma, fuere llamada a Servicio Militar Activo Estatal por el Gobernador de Puerto Rico, o estuviere rindiendo cualquier otro servicio militar dentro de ley, estará sujeta al Código Militar de Puerto Rico, esta parte, aplicable a los miembros de las Fuerzas Militares de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 2 - Asuntos Militares
Parte I - Codigo Militar de Puerto Rico
Capítulo 205 - Organización y Regulación
Subcapítulo I - Guardia Estatal de Puerto Rico
§ 2202. Reglamentación por el Gobernador
§ 2203. Paga, derechos de reempleo
§ 2204. Armas, equipos y cuarteles
§ 2205. Llamada a servicio de la Guardia Estatal
§ 2206. Servicio activo fuera de Puerto Rico
§ 2208. Incapacidad para servir
§ 2209. Juramento de oficiales
§ 2210. Alistamiento, juramento
§ 2211. Aplicación de leyes militares