(a) El Ayudante General podrá, actuando a nombre del Comandante en Jefe, investigar por conducto de una corte de investigación nombrada al efecto, la conducta moral, capacidad e idoneidad general para el servicio o cargo que ocupa cualquier oficial de las Fuerzas Militares de Puerto Rico. La susodicha corte de investigación estará compuesta por tres oficiales de las Fuerzas Militares de Puerto Rico, de rango superior, en la medida que fuere posible, que el oficial sujeto a la investigación de referencia. Practicada la investigación mediante la celebración de vistas y el recibo de la prueba que la corte de investigación estime conveniente y necesaria, si la conclusión de dicha corte de investigación resultare desfavorable para dicho oficial y tal conclusión fuere aprobada por el Comandante en Jefe, el susodicho oficial podrá, entre otras sanciones de naturaleza administrativa imponibles, ser despedido de la unidad a que perteneciere y de las Fuerzas Militares de Puerto Rico.
(b) Las plazas de oficiales del servicio activo de las Fuerzas Militares de Puerto Rico quedarán vacantes por cualquiera de las siguientes causas:
(1) Por el traslado de dicho oficial a la lista de inactivos de la Guardia Nacional;
(2) por renuncia de dicho oficial;
(3) por incapacidad física;
(4) por recomendación de una corte de investigación;
(5) por sentencia de una corte militar;
(6) por acción del Ayudante General, y
(7) por acción del Comandante en Jefe de las Fuerzas Militares de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Subtítulo 2 - Asuntos Militares
Parte I - Codigo Militar de Puerto Rico
Capítulo 203 - Organización y Mando
Subcapítulo I - Guardia Nacional de Puerto Rico
§ 2052. Guardia Nacional de Puerto Rico
§ 2053. Subdivisión de la Guardia Nacional de Puerto Rico
§ 2054. Composición de las Fuerzas Militares de Puerto Rico
§ 2056. Denominación de unidades de las Fuerzas Militares de Puerto Rico
§ 2057. Comandante en Jefe de las Fuerzas Militares de Puerto Rico
§ 2058. Autoridad y deberes del Comandante en Jefe
§ 2059. Ayudante General de Puerto Rico
§ 2061. Conformidad al patrón de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos de América
§ 2062. Localización de unidades; personal mínimo
§ 2063. Selección y requisitos de los oficiales
§ 2064. Nombramiento y juramento de oficiales
§ 2066. Separación de oficiales del servicio
§ 2067. Responsabilidad por propiedad militar (El Oficial u Oficial Administrativo)
§ 2068. Oficiales retenidos como supernumerarios mientras liquidan sus cuentas
§ 2071. Alistamiento en las Fuerzas Militares de Puerto Rico
§ 2072. Licenciamiento de hombres alistados en las Fuerzas Militares de Puerto Rico
§ 2073. Reconocimiento federal, traslado o disolución de unidades
§ 2074. Paga de oficiales y hombres alistados en Servicio Militar Activo Estatal
§ 2077. Fuerzas Militares de Puerto Rico en Servicio Militar Activo del Estado
§ 2078. Responsabilidad del Ayudante General
§ 2081. Exención del servicio de jurado
§ 2085. Protección de la bandera y uniforme
§ 2086. Condecoraciones militares
§ 2088. Sostenimiento de tropas no autorizadas, prohibido
§ 2089. Privación de empleos; penalidad
§ 2090. Materia no cubierta por la parte