(a) Se faculta al Secretario de Recursos Naturales y Ambientales a nombrar un Jefe del Servicio Forestal. Dicho Jefe será el funcionario ejecutivo del Servicio, y tendrá a su cargo la inmediata dirección y el régimen (sujetos a la inspección y aprobación del Secretario de Recursos Naturales y Ambientales) de todos los asuntos relativos a los bosques y de todos aquellos otros que el Secretario de Recursos Naturales y Ambientales le encomendare.
(b) Se faculta al Secretario de Recursos Naturales y Ambientales a establecer la organización interna del Servicio Forestal, y nombrar todo el personal necesario y a definir las funciones de ese personal.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 15 - Ley de Bosques de Puerto Rico
§ 193. Terrenos públicos para Bosques Estatales
§ 195. Personal del Servicio Forestal
§ 196. Secretario—Deberes y facultades
§ 197. Fondo Especial de Desarrollo Forestal
§ 198. Actos ilegales en los Bosques Estatales
§ 199. Actos ilegales fuera de los Bosques Estatales
§ 200. Bosque Auxiliar Estatal