2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 135 - Extradición Criminal
§ 1881n. Detención mientras se recibe la demanda; fianza

Si de la vista ante un magistrado del Tribunal de Primera Instancia queda establecido que la persona detenida es la persona acusada de haber cometido el alegado delito y, exceptuando los casos que surjan bajo la sec. 1881e de este título, que la misma ha huido de la justicia, el magistrado deberá mediante mandamiento contentivo de los términos de la acusación o querella, ingresarlo en la cárcel por un término de no más de 30 días que se señalará en el mandamiento, de manera que haga factible el arresto del acusado bajo mandamiento del juez del Tribunal de Primera Instancia a solicitud de la autoridad ejecutiva del estado con jurisdicción sobre el delito, a menos que el acusado preste fianza como se provee en la sec. 1881o de este título, o a menos que sea legalmente excarcelado.

Structure 2020 Laws of Puerto Rico

2020 Laws of Puerto Rico

Título 34 - Código de Enjuiciamiento Criminal

Parte XI - Procedimientos Contra los Profugos de la Justicia

Capítulo 135 - Extradición Criminal

§ 1881. Definiciones

§ 1881a. Fugitivos de la justicia; deberes del Gobernador

§ 1881b. Forma de la demanda de extradición

§ 1881c. El Gobernador podrá investigar el caso

§ 1881e. Personas no en el estado reclamante al momento del delito

§ 1881f. Mandamiento de arresto—Expedición; contenido

§ 1881g. Mandamiento de arresto—Modo y lugar de ejecución

§ 1881h. Mandamiento de arresto—Autoridad del oficial que lo efectuare

§ 1881i. Derechos del acusado; recurso de hábeas corpus

§ 1881j. Penalidad

§ 1881l. Arresto previo a la demanda

§ 1881m. Arresto sin mandamiento

§ 1881n. Detención mientras se recibe la demanda; fianza

§ 1881o. Fianza; cuándo procede, clase de fianza

§ 1881p. Prolongación del término de encarcelación; aplazamiento

§ 1881q. Confiscación de fianza

§ 1881r. Personas bajo acusación criminal en Puerto Rico al tiempo de la demanda

§ 1881s. Culpabilidad o inocencia del acusado; cuándo se investiga

§ 1881t. Retiro u emisión de otro mandamiento de arresto

§ 1881u. Prófugos de Puerto Rico; deberes del Gobernador

§ 1881v. Solicitud de expedición de demanda; quién la hace; contenido

§ 1881w. Gastos

§ 1881x. Inmunidad a reclamaciones de naturaleza civil

§ 1881z. No renuncia por el E.L.A.

§ 1881aa. No hay derecho de asilo; no hay inmunidad por otras acusaciones criminales en Puerto Rico

§ 1881bb. Interpretación