2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 135 - Extradición Criminal
§ 1881m. Arresto sin mandamiento

El arresto de una persona podrá ser legalmente practicado por un agente del orden público o por una persona particular sin orden o mandamiento de arresto a base de información razonable de que la persona detenida está acusada en las cortes de algún estado de un delito castigable con pena de muerte o presidio por más de un año, pero al así arrestarse el acusado deberá ser conducido ante un magistrado del Tribunal de Primera Instancia con la mayor rapidez posible y deberá formularse una querella bajo juramento expresando los motivos del arresto como en la sec. 1881l de este título, y de allí en adelante sus alegaciones serán atendidas como si se hubiese arrestado con un mandamiento.

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2020 Laws of Puerto Rico

Título 34 - Código de Enjuiciamiento Criminal

Parte XI - Procedimientos Contra los Profugos de la Justicia

Capítulo 135 - Extradición Criminal

§ 1881. Definiciones

§ 1881a. Fugitivos de la justicia; deberes del Gobernador

§ 1881b. Forma de la demanda de extradición

§ 1881c. El Gobernador podrá investigar el caso

§ 1881e. Personas no en el estado reclamante al momento del delito

§ 1881f. Mandamiento de arresto—Expedición; contenido

§ 1881g. Mandamiento de arresto—Modo y lugar de ejecución

§ 1881h. Mandamiento de arresto—Autoridad del oficial que lo efectuare

§ 1881i. Derechos del acusado; recurso de hábeas corpus

§ 1881j. Penalidad

§ 1881l. Arresto previo a la demanda

§ 1881m. Arresto sin mandamiento

§ 1881n. Detención mientras se recibe la demanda; fianza

§ 1881o. Fianza; cuándo procede, clase de fianza

§ 1881p. Prolongación del término de encarcelación; aplazamiento

§ 1881q. Confiscación de fianza

§ 1881r. Personas bajo acusación criminal en Puerto Rico al tiempo de la demanda

§ 1881s. Culpabilidad o inocencia del acusado; cuándo se investiga

§ 1881t. Retiro u emisión de otro mandamiento de arresto

§ 1881u. Prófugos de Puerto Rico; deberes del Gobernador

§ 1881v. Solicitud de expedición de demanda; quién la hace; contenido

§ 1881w. Gastos

§ 1881x. Inmunidad a reclamaciones de naturaleza civil

§ 1881z. No renuncia por el E.L.A.

§ 1881aa. No hay derecho de asilo; no hay inmunidad por otras acusaciones criminales en Puerto Rico

§ 1881bb. Interpretación