(a) Los sistemas de contabilidad incluirán toda la propiedad federal excedente recibida y distribuida con costo de adquisición por unidad, según el Formulario SF123 de diez dólares ($10) o más. Esta propiedad constará en la correspondiente tarjeta de control que será archivada por donatario.
(b) Al Formulario SF123 se le asignará número de serie de la Administración, el cual aparecerá en la tarjeta de control. Según sea referida la propiedad, se anotará en dicha tarjeta, entre otra información, la cantidad de la propiedad donada y el uso a darse a esa propiedad.
(c) La Administración después de distribuir la propiedad llevará los siguientes registros:
(1) Registro de tarjetas de control, incluyendo el nombre del donatario, el costo de adquisición cuando es de diez dólares ($10) o más y las cantidades de propiedad distribuida.
(2) Registro individual por separado para propiedad con un costo de adquisición de tres mil dólares ($3,000) o más.
(3) Registro de toda la propiedad transferida o retransferida a donatarios.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 59 - Plan de Operaciones para la Donación de Propiedad Excedente
§ 1653. Designación de la agencia estatal
§ 1654. Facultades del Administrador de Servicios Generales dentro del programa federal
§ 1656. Elegibilidad como donatario
§ 1657. Distribución justa y equitativa de la propiedad federal excedente
§ 1658. Restricciones, términos y condiciones sobre la propiedad donada
§ 1660. Acuerdos de cooperación
§ 1661. Aspectos administrativos—Controles de inventario