2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 85 - Libertad Bajo Palabra
§ 1511. Transferencias—Facultad del Secretario para la determinación de transferencias

(a) Determinará cuáles de los puestos que tiene la Junta actualmente deben retenerse en dicho organismo para desempeñar las funciones que se le encomiendan a la misma mediante este capítulo.
(b) Determinará qué parte del personal de la Junta debe ser transferido a la Administración de Corrección para desempeñar la labor que se le asigne en dicha agencia, cónsono a su preparación académica o con las funciones que desempeñaba en la Junta.
(c) Determinar las facilidades, propiedades, récords u otros materiales que deban transferirse de la Junta a la Administración de Corrección en relación con las fases de los programas retenidos por dicha Administración en virtud de la aprobación de este capítulo.
(d) Tomará cualquier otra determinación para asegurar el desarrollo normal de los programas de libertad bajo palabra, según queden reestructurados en este capítulo.