2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VI - Término y Liquidación de las Compañías Mercantiles
§ 1467. Cuándo podrá exigirse la entrega del haber de un socio

Ningún socio podrá exigir la entrega del haber que le corresponda en la división de la masa social, mientras no se hallen extinguidas todas las deudas y obligaciones de la compañía, o no se haya depositado su importe, si la entrega no se pudiera verificar de presente.