2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 49 - Seguros Agrícolas
§ 1413. Depósitos y desembolsos

Todos los dineros de la Corporación se confiarán a depositarios reconocidos para los fondos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se inscribirán a nombre de la Corporación de Seguros Agrícolas de Puerto Rico. Los desembolsos se harán de acuerdo con las normas y reglamentos que apruebe la Junta de Directores.