(a) Mantener al menos diez (10) pies de distancia entre los árboles y las servidumbres para líneas de transmisión conforme al National Electrical Safety Code Standard (NESC, por sus siglas en inglés);
(b) Patrullar y desenganchar rutinariamente cualquier vegetación o material que esté próximo al tendido eléctrico;
(c) Adoptar las recomendaciones para la poda de árboles establecidas por estándares de la industria aceptados, tal como los establecidos por el American National Standard (ANSI, por sus siglas en inglés);
(d) Producir informes periódicos y detallados del cumplimiento con el programa de vegetación; y
(e) Establecer un fondo adecuado e independiente para el programa de manejo de vegetación.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 34 - Ley de Política Pública Energética de Puerto Rico
§ 1141b. El Sistema Eléctrico de Puerto Rico
§ 1141c. Principios rectores del Sistema Eléctrico de Puerto Rico
§ 1141d. Política Pública Energética 2050
§ 1141g. Desagregación y transformación del Sistema Eléctrico
§ 1141h. Planificación a largo plazo del Sistema Eléctrico
§ 1141i. Deberes y responsabilidades de las compañías de servicio eléctrico
§ 1141j. Generación de energía
§ 1141m. Penalidades incumplimiento con interconexión de generadores distribuidos o microredes
§ 1141n. Infraestructura del Sistema Eléctrico
§ 1141o. Programa de Manejo de Vegetación
§ 1141p. Estudio conjunto sobre capacidad de carga de los postes
§ 1141q. Estudio sobre la contribución en lugar de impuestos y otros subsidios