2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 67 - Instrucción a Lisiados
§ 1043. Contrato con escuela particular—Enseñanza de niños sordomudos

Por la presente se faculta al Secretario de la Familia y se le ordena que contrate con cualquier escuela particular de sordomudos la atención y la enseñanza de aquellos niños sordomudos que tendrían derecho a asistir a las escuelas públicas de Puerto Rico si pudieran hacerlo con provecho; Disponiéndose, que la institución de sordomudos con la cual se haga este contrato deberá comprometerse a mantener durante todo el año escolar una matrícula mínima de sesenta (60) niños sordomudos.