Este capítulo empezará a regir inmediatamente después de su aprobación. Las solicitudes de exención bajo este capítulo serán recibidas por la Oficina de Exención Contributiva Industrial provista en la presente hasta las 12:00 de la noche del 30 de junio de 1983; después de esa fecha y hora no se admitirán para ser consideradas más solicitudes de exención contributiva bajo este capítulo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 13 - Contribuciones y Finanzas
Subtítulo 15 - Incentivos Industriales Contributivos en General
Parte I - Incentivos Industriales Contributivos
Capítulo 902 - Ley de Incentivo Industrial de Puerto Rico de 1963
§ 10015. Liquidaciones de negocios exentos de contribuciones
§ 10017. Transferencia de un negocio exento
§ 10018. Elegibilidad de un negocio previamente exento
§ 10019. Denegación de exención contributiva a los cesionarios de negocios exentos antecesores
§ 10020. Utilización de facilidades físicas previamente exentas de negocio exento antecesor