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§ 1086. Procedimiento - El procedimiento de adopción será expedito y flexible, y deberá...
§ 1086a. Contenido de la petición - (a) Los nombres de la parte adoptante y los nombres...
§ 1086b. Notificación de la petición a las partes interesadas - (1) Notificación mediante emplazamiento.— Toda petición de adopción presentada que...
§ 1086c. Término para comparecer - (1) En el caso en que la notificación se realice...
§ 1086d. Estudio social - (1) Contenido del estudio social.— Dicho estudio o informe incluirá...
§ 1086e. Designación de tutor especial o defensor judicial - (1) Si no tuviere padre ni madre. (2) Si sus...
§ 1086l. Notificación del decreto a la autoridad oficial cuando el adoptado hubiere nacido fuera de Puerto Rico - Cuando el adoptado hubiere nacido fuera de Puerto Rico, el...
§ 1086m. Apelación - Cualquier parte adversamente afectada por el decreto de adopción podrá...
§ 1086n. Muerte del adoptante durante el procedimiento - Si la persona o personas que se proponen adoptar a...
§ 1086o. Irrevocabilidad - El decreto de adopción será irrevocable.
§ 1086p. Anulabilidad - Será anulable el decreto de adopción cuando no se haya...
§ 1086q. Término de caducidad - La acción judicial sobre anulabilidad de la adopción decretada tiene...
§ 1086r. Expedientes - Los expedientes de adopción serán confidenciales. El tribunal podrá autorizar...
§ 1086s. Reconocimiento y convalidación de adopciones internacionales e interestatales - (1) La adopción interestatal o internacional de un menor por...
§ 1086t. Casos que surjan de las secs. 1101 et seq. de este título - Los casos de privación de patria potestad, de adopción y...