(a) La Comisión analizará la información estadística sobre la labor, productividad y carga judicial del juez o jueza. Debe tomar en consideración los siguientes factores:
(1) Números de casos resueltos y el tipo de casos clasificados por asunto o materia;
(2) número de casos sometidos y el tiempo transcurrido desde la fecha de radicación y la fecha en que quedaron sometidos;
(3) número de recursos de revisión presentados, sean certiorari o apelaciones, en los que se solicita la revocación de una determinación judicial tomada por la persona evaluada;
(4) número de veces que un foro de mayor jerarquía revoca la determinación judicial tomada por la persona evaluada;
(5) Porcentaje de casos en que hubo revocaciones, expediciones y confirmaciones.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXXVII. Reglamento para la Evaluación de Jueces y Juezas del Tribunal de Primera Instancia
Regla 4. Miembros de la Comisión: Nombramiento, facultades y limitaciones
Regla 5. Nombramiento y funciones del Director Ejecutivo o Directora Ejecutiva
Regla 6. Evaluaciones periódicas
Regla 7. Evaluaciones motivadas por solicitudes de ascenso o renominación
Regla 8. Análisis sobre labor y productividad
Regla 9. Evaluaciones solicitadas por el Pleno del Tribunal Supremo
Regla 10. Frecuencia de las evaluaciones
Regla 11. Formulario y mecanismos para el acopio de información
Regla 12. Fuentes de información
Regla 14. Confidencialidad del proceso y medidas de seguridad
Regla 15. Criterios de evaluación
Regla 16. Determinación de calificaciones
Regla 17. Escala de medición-evaluación periódica
Regla 18. Escala de medición-Evaluaciones motivadas por renominación o ascenso
Regla 19. Convocatoria y quórum de la Comisión
Regla 20. Primera comparecencia ante la Comisión
Regla 21. Segunda comparecencia ante la Comisión
Regla 22. Grabación de reuniones
Regla 24. Informe Final; notificación
Regla 25. Referidos, recomendaciones y otras medidas
Regla 26. Revisión de evaluación final
Regla 27. Revisión de evaluación final
Regla 28. Conservación y disposición de documentos