(a) La dirección administrativa de la Comisión estará a cargo de un Director o Directora que nombrará el Pleno del Tribunal Supremo. El Director o la Directora será miembro ex officio de la Comisión y actuará como su Secretario o Secretaria.
(b) El Director o Directora tendrá, entre otras, las siguientes funciones:
(1) Custodiar y mantener bajo su control todos los documentos de la Comisión, incluyendo expedientes, libros de registros y archivos;
(2) seleccionar, dirigir, coordinar y supervisar el personal que realiza las funciones de índole administrativa y establecer normas de conflictos de interés y otros aspectos éticos que aplican al personal de la Comisión. De entender que no cuenta con los recursos materiales o humanos suficientes debe comunicarlo a la Oficina del Juez Presidente o Jueza Presidenta, quien deberá suministrar los recursos necesarios;
(3) preparar las actas de las sesiones de la Comisión y mantener el Registro de Actas por año natural;
(4) coordinar investigaciones confidenciales sobre el carácter, reputación y desempeño judicial de los jueces y juezas. Podrá solicitar la comparecencia de cualquier persona o la entrega de cualquier documento necesario y pertinente para la evaluación;
(5) certificar la asistencia por sesiones de los miembros de la Comisión;
(6) coordinar la solicitud y recibo de información que necesite la Comisión;
(7) solicitar y recibir las evaluaciones y recomendaciones de las personas consultadas;
(8) solicitar y recibir toda la documentación e información necesaria para llevar a cabo la evaluación;
(9) preparar el Informe Anual de Labor Realizada en la Comisión y entregarlo al Pleno del Tribunal Supremo el 30 de diciembre de cada año.
(10) presentar recomendaciones sobre cualquier asunto relacionado con el descargo de sus funciones y la administración eficiente de este reglamento;
(11) comparecer en nombre y en representación de la Comisión ante cualquier organismo y en aquellas funciones y actividades oficiales que de tiempo en tiempo se le requiera y;
(12) coordinar la realización de las funciones y deberes encomendados a la Comisión de conformidad con este reglamento y realizar cualquier otra actividad que le sea encomendada por la Comisión o su Presidente o Presidenta y que sea necesaria para el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades.
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Título 4 - Apéndices Reglas del Tribunal
XXXVII. Reglamento para la Evaluación de Jueces y Juezas del Tribunal de Primera Instancia
Regla 4. Miembros de la Comisión: Nombramiento, facultades y limitaciones
Regla 5. Nombramiento y funciones del Director Ejecutivo o Directora Ejecutiva
Regla 6. Evaluaciones periódicas
Regla 7. Evaluaciones motivadas por solicitudes de ascenso o renominación
Regla 8. Análisis sobre labor y productividad
Regla 9. Evaluaciones solicitadas por el Pleno del Tribunal Supremo
Regla 10. Frecuencia de las evaluaciones
Regla 11. Formulario y mecanismos para el acopio de información
Regla 12. Fuentes de información
Regla 14. Confidencialidad del proceso y medidas de seguridad
Regla 15. Criterios de evaluación
Regla 16. Determinación de calificaciones
Regla 17. Escala de medición-evaluación periódica
Regla 18. Escala de medición-Evaluaciones motivadas por renominación o ascenso
Regla 19. Convocatoria y quórum de la Comisión
Regla 20. Primera comparecencia ante la Comisión
Regla 21. Segunda comparecencia ante la Comisión
Regla 22. Grabación de reuniones
Regla 24. Informe Final; notificación
Regla 25. Referidos, recomendaciones y otras medidas
Regla 26. Revisión de evaluación final
Regla 27. Revisión de evaluación final
Regla 28. Conservación y disposición de documentos