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§ 9271. Título - Este capítulo se conocerá y podrá citarse como el Capítulo...
§ 9272. Definiciones - (a) Evidencia de cubierta.— Significa un certificado, póliza, acuerdo o...
§ 9273. Requisito de certificado de autoridad - Ninguna persona, corporación, asociación o entidad podrá operar en Puerto...
§ 9274. Solicitud del certificado de autoridad - (a) Copia del documento constitutivo o de organización del solicitante,...
§ 9275. Emisión o denegación del certificado de autoridad - (a) El Comisionado podrá expedir o denegar un certificado de...
§ 9276. Organizaciones que estén operando en la fecha de vigencia de este capítulo - Dentro de noventa (90) días a partir de la fecha...
§ 9277. Requisitos de radicación para entidades autorizadas - (a) Una organización de servicios de salud, un asegurador de...
§ 9278. Cambios o modificaciones materiales; servicios de salud limitados adicionales - (a) Toda organización de servicios de salud limitados deberá presentar...
§ 9279. Evidencia de cubierta - (a) Toda organización de servicios de salud limitados deberá proporcionar...
§ 9280. Tarifas y cargos - (a) Toda organización de servicios de salud limitados deberá inscribir...
§ 9281. Interpretación con otras leyes - (a) (1) Las organizaciones de servicios de salud limitados que...
§ 9282. No duplicidad de cubiertas - Las organizaciones de servicios de salud limitados, organizaciones de servicios...
§ 9283. Sistema de querellas - Toda organización de servicios de salud limitados deberá establecer y...
§ 9284. Exámenes - (a) El Comisionado podrá examinar, por lo menos cada tres...
§ 9285. Inversiones - Los fondos de una organización de servicios de salud limitados...
§ 9286. Representantes autorizados - (a) Ninguna organización de servicios de salud limitados efectuará gestiones...
§ 9287. Contratación con proveedores - (a) En caso de que la organización de servicios de...
§ 9288. Protección contra insolvencia; depósito - (a) Con excepción de lo aprobado en virtud del inciso...
§ 9289. Fianza de fidelidad de los oficiales y empleados - (a) Toda organización de servicios de salud limitados deberá mantener...
§ 9290. Informes anuales - (a) Toda organización de servicios de salud limitados deberá presentar...
§ 9291. Suspensión o revocación del certificado de autoridad - (a) El Comisionado podrá suspender o revocar el certificado de...
§ 9292. Sanciones adicionales por violaciones - Además de la suspensión o revocación del certificado de autoridad...
§ 9293. Rehabilitación o liquidación - (a) Cualquier rehabilitación o liquidación de las organizaciones de servicios...
§ 9294. Derechos de radicación - (a) La solicitud de certificado de autoridad o una enmienda...
§ 9295. Confidencialidad - (a) Toda información que la organización de servicios de salud...
§ 9296. Contribuciones - Las mismas contribuciones que se estipularen para las organizaciones de...