(1) Persona.— Incluirá individuos, sociedades, asociaciones, fideicomisos, corporaciones y cualesquiera otras entidades jurídicas.
(2) Secretario.— Significará el Secretario de Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(3) Departamento.— Significará el Departamento de Hacienda del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
(4) Licencia.— Significará la autorización expedida por el Comisionado para dedicarse al negocio de arrendamiento de propiedad mueble de acuerdo con las disposiciones de este capítulo.
(5) Concesionario.— Significará una persona a quien se le haya expedido una licencia bajo este capítulo.
(6) Oficina del Comisionado.— Significará la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras del Estado Libre Asociado de Puerto Rico creada por las secs. 2001 et seq. del Título 7.
(7) Comisionado.— Significará el Comisionado de Instituciones Financieras del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico