(a) Una cita de la disposición legal que autoriza su adopción o enmienda;
(b) una explicación breve y concisa de sus propósitos o de las razones para su adopción o enmienda que incluya un resumen ejecutivo disponiendo de forma clara y precisa el propósito, la justificación y los costos y beneficios de la reglamentación propuesta;
(c) una referencia a todas las reglas o reglamentos que se enmienden, deroguen o suspendan mediante su adopción;
(d) la fecha de su aprobación; y
(e) la fecha de vigencia.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 130 - Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme del Gobierno de Puerto Rico
Subcapítulo II - Procedimiento para la Reglamentación
§ 9612. Participación ciudadana
§ 9614. Determinación de la agencia
§ 9615. Contenido, estilo y forma de la regla o reglamento
§ 9617. Nulidad de las reglas o reglamentos y término para radicar la acción
§ 9618. Radicación de reglamentos nuevos
§ 9620. Constancia de radicación; archivo permanente; inspección pública
§ 9621. Aprobación por el Secretario de Estado
§ 9622. Corrección de reglamentos
§ 9624. Presunción de corrección de reglamentos publicados; conocimiento judicial
§ 9625. Reglamentos del Gobierno de Puerto Rico—Codificación y publicación
§ 9626. Distribución de publicaciones
§ 9627. Reglamentos y reglas aprobadas en virtud de Ley Federal