2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 104 - Auditoría de Reclamaciones Presentadas a las Organizaciones de Seguros de Salud o Aseguradores
§ 9087. Coordinadores de auditorías de proveedores

(a) Los proveedores designarán una persona para coordinar todas las actividades de auditorías de reclamaciones. Los coordinadores de auditorías tendrán las mismas cualificaciones que se requieren del auditor conforme a la sec. 9085 de este título. Los deberes del coordinador de auditorías incluyen, entre otros, los siguientes:
(1) Programar la auditoría para que pueda llevarse a cabo en horas laborables;
(2) notificar al resto del personal y a los otros departamentos del proveedor de la auditoría programada;
(3) asegurar que el expediente clínico incluye la declaración de la condición de admisión del paciente;
(4) verificar que el auditor sea un representante autorizado de la organización de seguros de salud o asegurador;
(5) reunir los documentos que se requieren en el examen de la auditoría;
(6) coordinar las solicitudes de información del auditor, el espacio donde se llevará a cabo la auditoría y el acceso a los registros y al personal del proveedor;
(7) orientar a los auditores con respecto a los procedimientos de auditoría del proveedor, las pautas de documentación y las prácticas de facturación;
(8) servir de enlace entre el personal de la auditoría y el personal del proveedor;
(9) hacer una entrevista final con el auditor para responder a sus preguntas y discutir los hallazgos de la auditoría;
(10) leer el informe escrito final del auditor y darle seguimiento a las reclamaciones o cargos pendientes de resolución;
(11) tramitar el pago, según corresponda, y
(12) tramitar los ajustes a las facturas o reembolsos que se requieran.