Se crea la Junta Ejecutiva para el desarrollo turístico de cada una de las regiones turísticas que garantice la agilidad y la implementación de las encomiendas dispuestas por este capítulo. La Junta Ejecutiva creará aquellos comités de trabajo que estime necesarios, según las necesidades de cada región turística incluyendo, pero sin limitarse, a un Comité de Infraestructura, Desarrollo, Agricultura, Transportación y Asuntos Ambientales y un Comité de Educación y Mercadeo. Los Comités de Trabajo estarán adscritos y responderán al Presidente de la Junta Ejecutiva.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 170A - Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico
§ 6989a. Creación de las Regiones Turísticas
§ 6989d. Plan de Desarrollo del Turismo Sostenible
§ 6989e. Junta Ejecutiva; creación
§ 6989h. Facultades del Presidente de la Junta Ejecutiva
§ 6989m. Designación de personal y establecimiento de oficinas regionales
§ 6989n. Preparación de Inventario por los Municipios