Se ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico la revisión del Plan Maestro para el Desarrollo del Turismo Sostenible en Puerto Rico, para que el mismo considere las clasificaciones de las regiones turísticas. El fin de la revisión de este Plan consiste en promover un desarrollo sostenible del turismo tomando en consideración la idiosincrasia de cada región y destacándolos como destinos que aportan una diversidad de experiencias. La revisión de este Plan considerará aquellas características que distingue a cada región turística. Para esto, se evaluarán, pero sin limitarse, las siguientes variables: geología, climatología, hidrología, demografía, infraestructura física, clasificaciones de zonas de vida, áreas agrícolas, reservas naturales, áreas protegidas, entre otras, de conformidad con lo establecido en en las secs. 6313 et seq. de este título, conocidas como “Ley de Política Pública para el Desarrollo Sostenible de Turismo en Puerto Rico”. La implantación de este Plan conllevará la documentación del progreso del mismo a la Junta Ejecutiva.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 23 - Planificación y Fomento Público
Capítulo 170A - Ley de Regionalización Turística de Puerto Rico
§ 6989a. Creación de las Regiones Turísticas
§ 6989d. Plan de Desarrollo del Turismo Sostenible
§ 6989e. Junta Ejecutiva; creación
§ 6989h. Facultades del Presidente de la Junta Ejecutiva
§ 6989m. Designación de personal y establecimiento de oficinas regionales
§ 6989n. Preparación de Inventario por los Municipios