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§ 6989. Título - Este capítulo se conocerá como la “Ley de Regionalización Turística...
§ 6989a. Creación de las Regiones Turísticas - Se crean las Regiones Turísticas de: Porta Caribe, Porta Atlántico,...
§ 6989c. Nombres y marcas - La Compañía de Turismo de Puerto Rico estará a cargo...
§ 6989d. Plan de Desarrollo del Turismo Sostenible - Se ordena a la Compañía de Turismo de Puerto Rico...
§ 6989e. Junta Ejecutiva; creación - Se crea la Junta Ejecutiva para el desarrollo turístico de...
§ 6989h. Facultades del Presidente de la Junta Ejecutiva - (a) Convocará a los miembros de la Junta Ejecutiva a...
§ 6989i. Comités de Trabajo - (a) Comité de Infraestructura, Desarrollo, Transportación, Agricultura y Asuntos Ambientales;...
§ 6989l. Sustitución - Cada miembro podrá designar un representante autorizado que le sustituya...
§ 6989m. Designación de personal y establecimiento de oficinas regionales - El Director Ejecutivo de la Compañía de Turismo de Puerto...
§ 6989n. Preparación de Inventario por los Municipios - Se ordena a los municipios, mencionados en la sec. 6989b...
§ 6989o. Informes - Luego de celebrada cada reunión trimestral, y no más tarde...
§ 6989q. Rotulación de las regiones turísticas - Se ordena al Departamento de Transportación y Obras Públicas rotular...
§ 6989r. Inclusión - Nada de lo dispuesto en este capítulo deberá afectar en...
§ 6989s. Reglamentos - La Compañía de Turismo de Puerto Rico adoptará los reglamentos...