2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo III - Fondos de Capital de Inversión Turística
§ 6036. Reglamentos

(a) Las comisiones o cargos de venta que se cobrarán a los participantes por la compra o venta de participaciones o acciones.
(b) El por ciento máximo de los dinero[s] de un fondo a que podrán usarse y atribuirse a los gastos administrativos del mismo, a servicios profesionales y de consultoría y otros relacionados con sus inversiones.
(c) Al prospecto, panfleto, circular, carta circular, anuncio o cualquier literatura de ventas o material de anuncio dirigido o que se proponga distribuir a inversionistas potenciales, incluyendo cliente o clientes prospectivos de un asesor de inversiones para vigilar y supervisar estrechamente toda clase de promoción y publicidad que desarrolle cada fondo, con el propósito de proteger en todo momento a los participantes, y
(d) cualquier otra regla y reglamento que sea necesario para asegurar el cumplimiento de este capítulo y la protección de los participantes.