2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 32A - Ley para Reglamentar la Práctica de las Perforaciones Corporales
§ 550h. Estudios—Licencia; en general

Ninguna persona natural actuando de forma independiente o en conjunto con otra, ninguna sociedad, corporación o asociación operará un estudio de body piercing, sea en área residencial o comercial, rural o urbana, si no tiene una licencia expedida por el Departamento de Salud que así lo autorice y cualquier otro permiso de operación o zonificación pertinente requerido por ley.