Con sujeción a las necesidades de la seguridad pública, las disposiciones de este capítulo y sus reglamentos sobre tránsito no se aplicarán a aquellos conductores de vehículos de motor cuyos vehículos sean usados en la construcción o reparación de secciones de vías públicas o en realizar trabajos relacionados con instalaciones de servicio público localizadas en o cerca de la vías públicas, pero se aplicarán a los conductores mientras se encuentren transitando con dichos vehículos desde o hacia el lugar donde se realiza el trabajo.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 9 - Carreteras y Tránsito
Capítulo 27 - Ley de Vehículos y Tránsito del 2000
Subcapítulo X - Reglas y Disposiciones Miscelaneas
§ 5282. Vehículos destinados a servicio de emergencia
§ 5283. Funerales y actividades deportivas, recreativas, culturales, sociales y convoy militar
§ 5286. Paso sobre mangueras de incendio
§ 5289. Precauciones al alcanzar y pasar un ómnibus o transporte escolar
§ 5293. Deportes en las vías públicas
§ 5295. Uso de cualquier vehículo, carruaje, o motocicletas
§ 5296. Uso de vehículos todos terrenos, autociclos o motonetas
§ 5297. Cómo deben conducirse los conductores o pasajeros
§ 5305. Uso del teléfono móvil o inalámbrico mientras se conduce un vehículo de motor