2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 3 - Transacciones con el Gobierno Federal
§ 48. Adquisición de bienes de EE. UU.

Siempre que a su juicio fuere conveniente y necesario a los mejores intereses del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, el Gobernador de Puerto Rico queda por la presente facultado para adquirir, en representación de y a nombre del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por donación, permuta o en cualquiera otra forma, cualquier derecho, interés o título sobre cualquier propiedad, de cualquier naturaleza que sea, perteneciente al Gobierno de los Estados Unidos de América o a cualesquiera de sus agencias, instrumentalidades o divisiones políticas.