Los emblemas o símbolos que aparezcan en la papeleta en un referéndum, consulta o plebiscito no podrán ser utilizados por ningún candidato o partido político, hasta que haya transcurrido el término de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha en que tal referéndum, consulta o plebiscito se haya realizado.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 16 - Elecciones e Inscripciones
Subtítulo 7 - Código Electoral de Puerto Rico de 2020
Capítulo 430 - Referéndum-Consulta-Plebiscito
§ 4781. Aplicación de este subtítulo
§ 4782. Deberes de los organismos electorales
§ 4784. Electores con derecho a votar
§ 4786. Participación de partidos políticos, agrupación de ciudadanos o comité de acción política
§ 4790. Notificación de los resultados y proposición triunfante