2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 430 - Referéndum-Consulta-Plebiscito
§ 4785. Emblemas

Los emblemas o símbolos que aparezcan en la papeleta en un referéndum, consulta o plebiscito no podrán ser utilizados por ningún candidato o partido político, hasta que haya transcurrido el término de cuatro (4) años, contados a partir de la fecha en que tal referéndum, consulta o plebiscito se haya realizado.