La determinación del Administrador de Fomento Cooperativo de nombrar un síndico-administrador podrá ser revisada por la Sala del tribunal correspondiente al domicilio de la cooperativa, mediante recurso radicado dentro del término de diez (10) días, contados a partir de la fecha de la notificación de la determinación a la Junta de Directores de la cooperativa.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 102 - Sociedades Cooperativas
Subcapítulo XII - Sindicatura o Disolución de Cooperativas
§ 4550. Causas para sindicatura
§ 4552. Designación del síndico-administrador
§ 4553. Devolución de la cooperativa a sus socios
§ 4557. Disolución involuntaria
§ 4560. Junta de síndicos—Vacantes
§ 4561. Junta de síndicos—Destitución
§ 4563. Reclamación ante síndicos
§ 4564. Distribución de bienes
§ 4565. Solicitud para detener los trámites de disolución
§ 4567. Custodia de documentos