2020 Laws of Puerto Rico
Capítulo 204 - Ley de Análisis de ADN Post Sentencia
§ 4038. Destrucción de evidencia

Cualquier funcionario público que destruya evidencia en contravención de lo establecido en la sec. 4037 de este título, estará en violación de lo dispuesto en la sec. 5378 del Título 33, cuya sanción es una pena fija de tres (3) años de cárcel.