La orden o resolución para conceder o denegar una moción de análisis de ADN podrá ser revisada ante el Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico por cualquiera de las partes en un término jurisdiccional de treinta (30) días, contados a partir de la notificación de la orden o resolución.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 34 - Código de Enjuiciamiento Criminal
Capítulo 204 - Ley de Análisis de ADN Post Sentencia
§ 4024. Moción para solicitud de análisis de ADN post sentencia
§ 4029. Adjudicación de la solicitud
§ 4030. Descubrimiento de prueba
§ 4035. Costas y gastos del análisis