2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo VIII - Cementerios
§ 3843. Cercado

Todo cementerio deberá estar cercado en toda su extensión por muros de hormigón o por cerca metálica de una altura no menor de cinco (5') pies, de construcción y solidez adecuada, que sean estables e impidan el paso de animales hacia el interior del cementerio.