(1) Que no se han emitido acciones o que la actividad para la cual se organizó la corporación no ha comenzado;
(2) que no se ha pagado parte alguna del capital corporativo o de haberse pagado parte del capital, que la cuantía pagada por las acciones de la corporación, menos la parte desembolsada para gastos necesarios, ha sido devuelta a aquéllos con derecho a la misma;
(3) que todos los certificados de acciones emitidos, si alguno, han sido devueltos y cancelados, y
(4) que todos los derechos y franquicias de la corporación han sido renunciados.
Structure 2020 Laws of Puerto Rico
Título 14 - Corporaciones Privadas
Subtítulo 5 - Ley General de Corporaciones de 2009
Capítulo 229 - Venta de Activos; Disolución
§ 3701. Venta, arrendamiento o permuta de activos; causa; procedimiento
§ 3702. Hipoteca o prenda de los activos
§ 3703. Disolución de una corporación de empresa común de dos accionistas
§ 3704. Disolución previa a la emisión de acciones o al comienzo de la gestión corporativa
§ 3705. Procedimiento de disolución
§ 3706. Disolución de una corporación sin acciones; procedimiento
§ 3707. Pago de impuestos antes de la disolución
§ 3711. Efectos sobre pleitos pendientes
§ 3712. Responsabilidad de los accionistas de corporaciones disueltas
§ 3713. Revocación o cancelación del certificado de incorporación; procedimiento
§ 3714. Salarios; créditos preferentes
§ 3715. Disolución o pérdida de personalidad jurídica corporativa por decreto judicial; radicación