2020 Laws of Puerto Rico
Subcapítulo II - Explotación del Sistema de Riego
§ 366. Distrito con carácter de prueba—Formación; revisión de decisiones

Dentro de un período de sesenta (60) días a partir de la publicación del último aviso en un periódico de general circulación, según se provee en la sec. 365 de este título, cualquier propietario de un predio de terreno que no haya sido incluido en el Distrito de Regadío con carácter de prueba, podrá solicitar de la Autoridad que el mismo sea incluido en el Distrito y si ha sido incluido podrá solicitar que sea excluido del mismo. La Autoridad y el Departamento de Agricultura oirán y atenderán las razones expuestas por dicho propietario. La Autoridad, en consulta con el Secretario de Agricultura, determinará si incluye o excluye dicho predio de terreno del Distrito durante el período de prueba, tomando en consideración todos los intereses del caso. La determinación que haga la Autoridad, en consulta con el Secretario de Agricultura, en este respecto una vez oído dicho propietario será prima facie verídica y correcta.

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2020 Laws of Puerto Rico

Título 22 - Obras Públicas

Capítulo 17 - Proyecto del Suroeste de Puerto Rico o Proyecto del Valle de Lajas

Subcapítulo II - Explotación del Sistema de Riego

§ 361. Construcción

§ 362. Establecimiento del Distrito de Regadío

§ 363. Límites geográficos del distrito

§ 364. Distrito con carácter de prueba—Formación

§ 365. Distrito con carácter de prueba—Formación; aviso

§ 366. Distrito con carácter de prueba—Formación; revisión de decisiones

§ 367. Distrito con carácter de prueba—Duración

§ 368a. Distrito con carácter permanente—Formación; terrenos irrigados mediante bombeo

§ 369. Distrito con carácter permanente—Formación; aviso

§ 370. Distrito con carácter permanente—Apelación ante tribunales

§ 371a. Control del agua a usarse

§ 373. Venta de agua a los terrenos incluidos en el distrito con carácter de prueba

§ 374. Venta de agua por contrato antes de la formación del distrito con carácter permanente

§ 375. Imposición de la contribución de riego

§ 376. Método de fijar, imponer y cobrar el Secretario de Hacienda la contribución a los terrenos incluidos en el distrito con carácter permanente

§ 376a. Incentivo para desarrollo agrícola

§ 377. Aprovechamiento—Entrega de agua por rotación, transferencia, venta o arrendamiento temporal de aguas de dotación

§ 377a. Agrupación de fincas o parcelas para inclusión en Distrito

§ 379. Aguas de filtración

§ 381a. Provisión para atender a los gastos de operación antes del establecimiento del distrito con carácter permanente

§ 383. Reglamentación

§ 384. Título sobre las obras y propiedades del Sistema de Riego

§ 385. Sistema de cuentas

§ 386. Derecho a penetrar en propiedades

§ 387. Adquisición de propiedades

§ 388. Sistema de Riego, definición

§ 389. Título abreviado